Finiquito y liquidación: la diferencia
- Finiquito: lo que te deben por el trabajo ya hecho. Te corresponde siempre, renuncies o te despidan: salario pendiente, parte proporcional del aguinaldo, vacaciones no disfrutadas y su prima vacacional.
- Liquidación: la indemnización por despido injustificado. Se suma al finiquito y son 3 meses de salario, más la prima de antigüedad y, en ciertos casos, 20 días por año trabajado.
Qué incluye cada concepto
Aguinaldo proporcional
salario diario × 15 × días trabajados en el año ÷ 365
Vacaciones y prima vacacional
Las vacaciones que no tomaste de años anteriores, más la parte proporcional del año de servicio en curso según la tabla de vacaciones de la ley. Sobre ese importe se paga la prima vacacional (mínimo 25 %).
Prima de antigüedad
12 días de salario por cada año trabajado (artículo 162 de la LFT). El salario que se usa tiene un tope: el doble del salario mínimo, es decir, 630,08 $ diarios en 2026 (881,74 $ en la zona libre de la frontera norte). Se paga si te despiden, con o sin causa, y en la renuncia solo si tienes al menos 15 años de antigüedad.
Indemnización constitucional: 3 meses
Si el despido es injustificado, te corresponden 90 días de salario (artículo 48 de la LFT). Se calcula con el salario diario integrado, que suma al salario diario las prestaciones (parte proporcional de aguinaldo, prima vacacional, etc.). Si lo conoces, escríbelo en los ajustes; si no, la calculadora usa el salario diario y el resultado queda algo por debajo.
20 días por año
El artículo 50 de la LFT añade 20 días de salario por año trabajado en los casos en que la empresa se niega a reinstalarte o no está obligada a hacerlo. Es habitual incluirlos en las negociaciones de liquidación, pero no siempre proceden; por eso es una casilla opcional.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que firmar el finiquito?
Revisa que las cantidades coincidan con lo que te corresponde antes de firmar. Si no estás de acuerdo o crees que el despido fue injustificado, puedes pedir asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o acudir al Centro de Conciliación laboral de tu estado.
¿El finiquito paga impuestos?
Algunas partes tienen exenciones de ISR (aguinaldo hasta 30 UMA, prima vacacional hasta 15 UMA, indemnización y prima de antigüedad hasta 90 UMA por año de servicio). Esta calculadora muestra cantidades brutas, antes de impuestos.